La Audiencia Nacional dictamina que el fisco español no logró acreditar la residencia fiscal de la cantante colombiana durante ese año
La Audiencia Nacional de España falló a favor de la cantante colombiana Shakira al anular las liquidaciones y sanciones que la Agencia Tributaria le había impuesto correspondientes al ejercicio fiscal de 2011. El tribunal determinó que la administración española no logró demostrar que la artista hubiera permanecido en el país más de 183 días durante ese año, requisito indispensable que exige la ley local para considerar a un ciudadano como residente fiscal y obligarlo a tributar el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) y el Impuesto sobre el Patrimonio.
Aunque la disputa original en la vía administrativa se centraba en una reclamación por poco más de 55 millones de euros, el equipo legal de la barranquillera calcula que el monto total que la Hacienda española deberá reembolsar supera los 60 millones de euros tras incorporar los intereses acumulados y los gastos de las costas judiciales. De acuerdo con sus representantes, esta resolución representa el cierre de la última gran cuenta pendiente que la intérprete sostenía con el fisco español tras ocho años de litigios.
A pesar del fallo favorable, las autoridades de la Agencia Tributaria recordaron que la sentencia aún puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo. Asimismo, precisaron que esta resolución administrativa es independiente del proceso penal del año 2024, en el cual la cantante pactó una multa de 7.8 millones de euros tras admitir un fraude de 14.5 millones de euros entre los años 2012 y 2014 para evitar una pena de prisión. Este éxito en tribunales se suma al reciente archivo de una segunda causa penal por presunto fraude en 2018, consolidando un panorama legal mucho más favorable para la artista en territorio europeo.















