El proyecto de la Ministra Loretta Ortiz rechaza argumentos de legisladores opositores contra el bloqueo unilateral de la UIF, blindado contra suspensiones judiciales por la reforma a la Ley de Amparo de octubre pasado. Argumenta que se trata de un procedimiento administrativo preventivo para proteger el sistema financiero, no penal, alineado con obligaciones internacionales contra lavado de dinero y financiamiento al terrorismo. La discusión, prevista para este martes salvo cambios, no resolverá expresamente sobre bloqueos, sino sobre la garantía de audiencia ante la UIF.
En 2017, la Primera Sala de la Corte declaró inconstitucional esta facultad creada en 2014, al considerar que una oficina administrativa como la UIF no debe ejercer funciones penales. En 2019, la Segunda Sala validó bloqueos solo por solicitudes extranjeras específicas, no nacionales, estándar para amparos. El proyecto de Ortiz retoma aspectos de este criterio pero elimina la distinción entre casos nacionales e internacionales, apoyando un modelo cautelar administrativo coherente con estándares globales.
La reforma de marzo de 2022 a la Ley de Instituciones de Crédito establece un procedimiento de audiencia ante la UIF para que afectados prueben el origen lícito de recursos. Un proyecto previo de Lenia Batres, más contundente en favor de la UIF y que abandonaba la jurisprudencia de 2019, fue retirado el 4 de diciembre y no reprogramado. La SCJN avaló previamente la inconstitucionalidad de facultades similares, pero ahora propone validar el mecanismo administrativo.















