Reformas contemplan sanciones severas, pero el consumo personal no será penalizado
En una sesión de dos horas con 40 minutos, el Senado aprobó reformas a la Ley General de Salud que prohíben la producción, comercialización, importación y distribución de vapeadores y cigarrillos electrónicos. Con 76 votos a favor, 36 en contra y una abstención, la iniciativa avanzó sin cambios, pese a las reservas planteadas por seis legisladores.
El dictamen, ahora turnado al Ejecutivo para su publicación en el Diario Oficial de la Federación, establece que el consumo y la posesión personal no constituirán infracciones. Las restricciones se enfocan únicamente en actividades con fines comerciales o de lucro.
Quienes incumplan la norma podrían enfrentar penas de uno a ocho años de prisión y multas equivalentes a hasta dos mil veces el valor diario de la UMA, alrededor de 226 mil pesos. El objetivo es frenar el mercado de estos dispositivos sin criminalizar al usuario.















